Comerciante, entérese sobre la declaración de renta para personas jurídicas

Si es comerciante, le interesará esta información sobre la declaración de renta para personas jurídicas 2020
Comerciante, entérese sobre la declaración de renta para personas jurídicas

El Gobierno requiere conocer la actividad económica de los comercios en Colombia cada año, por esta razón, todas las personas jurídicas (es decir, instituciones u organizaciones conformadas por varias personas. Estas organizaciones están inscritas ante la Cámara de Comercio), deben realizar y presentar anualmente su declaración de renta. Esta declaración es, básicamente, un resumen financiero del negocio a lo largo del año inmediatamente anterior. Entonces, señor comerciante, en 2020 usted deberá hacer un resumen financiero de su negocio durante los 12 meses de 2019. 

¿En qué fecha debe presentar y pagar la declaración de renta?

Las fechas de pago dependen de los últimos dos dígitos del NIT. El NIT es el Número de Identificación Tributaria que le asigna la DIAN cuando se inscribe en el Registro Único Tributario (RUT) y este lo puede averiguar en la página web www.dian.gov.co. Para 2020, la entidad estableció que las personas jurídicas deberán pagar su declaración en dos cuotas: la primera entre el 14 de abril y el 12 de mayo, mientras que el segundo pago se deberá realizar entre el 9 y el 24 de junio del 2020. 

En este cuadro podrá ver la fecha límite para presentar su declaración y realizar los pagos, dependiendo de los últimos dos dígitos del NIT de su compañía. Es muy importante que no se deje coger la tarde, pues no presentarla a tiempo traerá sanciones económicas para su negocio. 

Fechas declaración de renta para personas jurídicas 2020
Fechas declaración de renta para personas jurídicas 2020

¿Cómo presentar su declaración de renta?

Lo primero que debe hacer es ingresar a la página de la DIAN. Posteriormente, verá unos menús despegables. Deberá hacer clic en “Portal Transaccional” y después en “Usuario Registrado” o “Usuario nuevo” en caso de que no haya creado un usuario en la página web de esta entidad. 

Una vez inicie sesión, en la parte inferior derecha encontrará un botón que dice “Diligenciar/presentar”. Allí le saldrán varios formularios disponibles. El formulario número 110 es el que corresponde a las personas jurídicas.

Recuerde tener claras todas las cuentas de su negocio, pues en la declaración deberá incluir datos como los ingresos, costos, patrimonio, entre otros elementos relacionados. Por último, es preferible no esperar hasta último momento para presentarla y pagarla, pues las fechas anteriormente especificadas en el cuadro son las fechas límite y usted puede hacer el trámite antes de esta fecha. Evite sanciones y madrúguele a la declaración de renta.